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Posteriormente, y mediante la sanción de la Ley N° 1.182, promulgada el 23 de diciembre de 1.985, es aprobada la Carta Orgánica de PETROPAR, por la que ésta se convierte en entidad autárquica, perteneciente al Estado Paraguayo, descentralizada de la Administración Central, de duración ilimitada, con personería jurídica, patrimonio propio y domicilio legal en la ciudad de Asunción.
La Ley N° 1.658/2000 modifica el Art. 57 de la Ley 1.182/1985 de la siguiente forma: La creación de empresas en las que PETROPAR sea socio, el consorciamiento de PETROPAR con otras entidades en emprendimientos de riesgo compartido (joint ventures), la participación de PETROPAR en otras empresas, así como, los estatutos, convenios o contratos que se elaboren a tales efectos deberán previamente ser autorizados por el Poder Ejecutivo y aprobados por Ley.
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