Por Ley Nº 806/80, se autoriza al Poder Ejecutivo a constituir una entidad mixta para la explotación de la refinería de petróleo y, finalmente, por Decreto Nº 22.165 del 8 de enero de 1981, se constituye la entidad mixta denominada PETROLEOS PARAGUAYOS (PETROPAR), con participación en el capital social del 60% para el Estado y del 40% para REPSA, según se aprueba en su Carta Orgánica.
El 30 de octubre de 1985, por Decreto Nº 12.267, el Gobierno dispuso la adquisición de las acciones correspondientes a los inversionistas privados en la empresa de economía mixta. El Estado paraguayo queda en posesión del 100% de las acciones y como único propietario de PETROPAR.
Posteriormente, y mediante la sanción de la Ley Nº 1.182, promulgada el 23 de diciembre de 1.985, es aprobada la Carta Orgánica de PETROPAR, por la que ésta se convierte en entidad autárquica, perteneciente al Estado Paraguayo, descentralizada de la Administración Central, de duración ilimitada, con personería jurídica, patrimonio propio y domicilio legal en la ciudad de Asunción.
La Ley Nº 1.658/2000 modifica el Art. 57 de la Ley 1.182/1985 de la siguiente forma: La creación de empresas en las que PETROPAR sea socio, el consorciamiento de PETROPAR con otras entidades en emprendimientos de riesgo compartido (joint ventures), la participación de PETROPAR en otras empresas, así como, los estatutos, convenios o contratos que se elaboren a tales efectos deberán previamente ser autorizados por el Poder Ejecutivo y aprobados por Ley.
La Ley N° 2199/2003 ¨Que dispone la reorganización de los órganos colegiados encargados de la Dirección de Empresas y Entidades del Estado Paraguayo¨
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