Nota:
Calidad de Nafta Aratiri 97, Nafta Oikoite 93 y Nafta Kape 88 de acuerdo al Decreto N°3241/2025 “Por la cual se establecen nuevas especificaciones técnicas de los combustibles líquidos derivados del petróleo para la importación y comercialización en el país, y se abroga el Decreto N°4562, del 11 de diciembre de 2015” y la Ley N°7357/2024 “Que modifica el Artículo 7° de la Ley N°5444/2015 “De fomento de consumo de Alcohol Absoluto y Alcohol Carburante””. –
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